Ya sea por promocionar servicios educativos o de recreación, las empresas utilizan imágenes de niños participando en dichas actividades. Estas imágenes, muy seguramente han pasado por el filtro de un contrato de publicidad, que incluye la autorización de los padres o apoderados, y están sujetas a las reglas del Código Civil. Pero, ¿qué pasa si veo la foto de mi hijo en algún medio escrito, televisivo o virtual sin que yo, como padre, lo haya autorizado? Quienes tienen la potestad…