Hemos hablado sobre las estafas en internet. Desarrollaremos ahora una figura parecida, y que por ello tiende a ser confundida con esta: el incumplimiento contractual.
En primer lugar, señalaremos que un contrato es el acuerdo de dos o más personas para llevar a cabo una transacción de carácter patrimonial; y donde dicho acuerdo se encuentra exteriorizado de manera verbal o escrita.
Todo ello, enmarcado dentro de la “buena fe contractual”, en la que tanto comprador como vendedor tienen la confianza de participar en una relación jurídica que respeta el derecho de los demás.
Así, el incumplimiento contractual se presenta ante la total inejecución de una prestación (servicio o producto) asumida, su inejecución parcial, defectuosa, o su demora; y tiene como consecuencia la terminación del contrato.
Se diferencia de la estafa por cuanto en esta se finge una relación contractual válida, induciendo a error a la otra parte; mientras que en el incumplimiento contractual, el contrato ha sido válidamente acordado, pero por un hecho posterior a la celebración, no se cumple la obligación pactada.
Dicho de otra manera: en la estafa el agente, antes de celebrar el contrato, ya se había decidido a no cumplirlo; mientras que en el incumplimiento contractual el agente, por un hecho imputable o no a él, no puede cumplir con su parte del acuerdo.
Para el caso de ventas por internet, los contratos se realizan a través de diversas vías, destacando básicamente dos: 1) portales web; y, 2) redes sociales.
Las compras a través de portales web pueden darse en portales de tiendas internacionales o nacionales.
Respecto de los primeros no los trataremos en este artículo debido a la extensión del tema. En el caso de los segundos, se rigen por la legislación nacional, optan por contratos de adhesión y, ante una queja, puede acudirse a entidades como el INDECOPI.
En el caso de las compras por redes sociales, estas han visto un crecimiento exponencial a partir del distanciamiento social obligatorio debido a la pandemia.
Sin embargo, este tipo de transacciones presenta sus propias dificultades debido a un entorno que no es totalmente formal, causando dificultades al no prestar las garantías necesarias a vendedores y compradores.
En ese sentido, un contrato con cláusulas básicas, simples y claras, que contemplen el rubro y/o actividad desarrollado, y que provea la información de manera eficiente; ahorrarán a las partes sobrecostos económicos, ayudando en caso una venta no se concrete de manera satisfactoria.
Desde el punto de vista del vendedor, un contrato demuestra seriedad respecto de un producto o servicio, por más básico que este sea. Recordemos que en el mundo digital, la reputación de un vendedor es muy importante para tener presencia en la web y atraer a otros compradores.
Desde el punto de vista del comprador, el contrato le ofrece una garantía respecto del bien o servicio que desea adquirir.
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